Si tenemos un inmueble arrendado y nuestro inquilino no paga el alquiler, la Ley prevé la posibilidad de reclamar el pago de las rentas debidas y, asimismo, instar el desahucio para recuperar la posesión del bien inmueble.
¿Cómo reclamar el pago del alquiler a mi inquilino?
Si lo que quieres es recuperar tu dinero solo hay 2 formas de conseguirlo.
Primero: Intentar resolver la situación de forma amistosa
En este sentido, siempre es conveniente comunicar esta situación por medio de una comunicación fehaciente al arrendatario o inquilino en aras de que, en un plazo prudente que le podamos conceder, se ponga al día con su obligación de pago advirtiéndole, por supuesto, de que, en caso contrario, no nos quedará más remedio que solicitar el auxilio judicial pertinente y, por ende, el desahucio y la reclamación de las cantidades debidas.
Segundo: Iniciar un procedimiento judicial
En el caso de que, pese a nuestro intento de alcanzar una solución amistosa, no se abonen las cantidades debidas, deberemos iniciar un procedimiento judicial.
En este sentido, y con el fin de ofrecer una panorámica sencilla de los distintos pasos a seguir, podríamos destacar los siguientes.
6 pasos a seguir si quieres reclamar las deudas de tu inquilino por vía judicial
Paso 1: Notificación al inquilino
Antes de iniciar el proceso judicial, el propietario debe notificar al inquilino por escrito, a través de una comunicación fehaciente, que ha incumplido el pago de la renta y le daremos un plazo para regularizar su situación y ponerse al corriente de pagos.
Paso 2: Interposición de la demanda
Si el inquilino no regulariza su situación y no paga las deudas en el plazo conferido a tal efecto, el propietario deberá iniciar un proceso de desahucio presentando una demanda ante el Juzgado competente.
Paso 3: Decreto de admisión
Decreto por el que se notifica al arrendador y al inquilino por el que se le confiere al inquilino, en un plazo de 10 días, la posibilidad de (i) pagar y/o desalojar el inmueble y (ii) oponerse a la demanda.
En este Decreto ya viene fijada la fecha para el juicio y, de igual manera, la fecha prevista para el lanzamiento que será efectiva salvo oposición por parte del demandado, en cuyo caso se procederá a fijar nueva fecha de lanzamiento.
Por otra parte, cabe destacar que si el inquilino no hace nada en ese plazo no se celebrará la vista y se fijará, directamente, el lanzamiento por Decreto.
Paso 4: Vista juicio verbal
Tras la contestación, se fijará fecha para la vista y, durante la misma, el juez escuchará a ambas partes y decidirá si procede el desahucio o no.
Si el juez considera que el inquilino ha incumplido el pago de la renta, procederá a dictar la sentencia.
Paso 5: Sentencia
Si el juez decide que procede el desahucio, se dictará una sentencia en la que se ordene la entrega del inmueble al propietario fijando un plazo límite para que abandone el inmueble y devuelva las llaves al propietario y, en el caso de que no cumpla con ello, será desahuciada en la fecha y hora prevista al efecto.
Paso 6: Desahucio o lanzamiento
Llegada la fecha sin que el inquilino haya abandonado el inmueble, se procederá a:
- Apertura de la vivienda
- Cambio de cerradura
- Entrega de llaves al propietario arrendador
- Acta de lanzamiento
Resumen de cómo actuar cuando tu inquilino no te paga
Si te encuentras en esta situación, primeramente, deberás saber qué derechos tienes y que es lo que quieres hacer.
El primer paso será solicitar al deudor el pago de las cantidades y el desahucio o una de estas, en su caso. En el caso de que no se atienda esta petición en sede judicial, la única vía posible de reclamación será la judicial.
Para ambos trámites, tanto el extrajudicial como el judicial, es importante contar con asistencia letrada o asesoramiento para hacerlo. En White Towers Legal estaremos encantado de conocer tu situación y ayudarte a percibir las cantidades adeudadas y a recuperar la posesión del inmueble.
Contacta con nuestro despacho si quieres reclamar lo que es tuyo.