Abogados expertos en Derecho Concursal en Madrid

Concursos de acreedores, reestructuraciones, refinanciaciones, etc. 

Asistencia legal a empresas, empresarios y acreedores

Un abogado concursal siempre a tu disposición

WHITE TOWERS LEGAL es una firma de abogados intrínsecamente mercantil que nace con una clara vocación concursal, desde la certeza de que, en ocasiones, un concurso de acreedores puede ser la mejor solución ante un estado de insolvencia.

A este respecto, ofrecemos asistencia jurídica a empresas, empresarios y acreedores en todas las fases del concurso.

Desde una asistencia preconcursal, hasta la eventual responsabilidad de los administradores. Nuestros abogados, especialistas en Derecho Concursal, te asesorarán durante todo el proceso.

Desde la Firma apostamos por la especialización de nuestros abogados concursales, siendo esta la mayor garantía que podemos ofrecer en reestructuraciones o refinanciaciones, negociaciones de acuerdos extrajudiciales de pagos, solicitudes de concursos de acreedores, defensa de acreedores y comunicación de créditos, compraventas de activos, unidades productivas o empresas, defensa ante la Administración Concursal, asistencia legal en incidentes concursales y responsabilidad de los administradores, asistencia letrada en concursos de personas físicas, etc. 

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Nuestros servicios sobre el concurso de acreedores

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Asesoramiento preconcursal

Ofrecemos asesoramiento legal en etapas preconcursales con el fin último de proporcionar garantías de cara a un eventual procedimiento concursal. Si prevés un estado de insolvecia, contáctanos

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Reestructuraciones & Refinanciaciones

Negociamos y asesoramos en reestructuraciones de créditos  extrajudiciales,  en procesos de refinanciación o reestructuraciones de empresas, etc.

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Acuerdo extrajudicial de pagos

Solventamos las obligaciones del deudor insolvente con sus acreedores sin necesidad de llegar a un estadio procesal, gracias a un acuerdo extrajudicial de pagos

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Solicitud del concurso

Analizamos la situación de insolvencia empresarial, ofrecemos asistencia legal en relación a la obligación de solicitud del concurso de acreedores y nos encargamos de solicitarlo con las mayores garantías

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Defensa de acreedores

Nos encargamos de la defensa legal de los acreedores de créditos concursales durante todo el procedimiento y negociamos directamente con la Administración Concursal al amparo de sus intereses

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Comunicación de créditos

Llevamos la comunicación a la Administración Concursal de los créditos de los acreedores frente al deudor insolvente, procurando que se reconozcan e incluyan en la lista de créditos desde un inicio

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Compraventas y cesiones de créditos

 Asistimos íntegramente en la transmisión y cesión de créditos (cesión en descuento y factoring, en garantía o pignoración, con finalidad solutoria, fiduciarios, etc.)

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Activos, uds. productivas y empresas

Asesoramos y negociamos en la compraventa y adquisición de activos, unidades productivas y empresas, dentro del marco del concurso de acreedores 

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Administración Concursal

Defendemos los intereses de nuestros clientes frente a la Administración Concursal en le seno del concurso, bajo una actuación transparente y totalmente colaborativa 

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Incidentes concursales

Ofrecemos asistencia letrada en este tipo procedimientos especiales mediante los que se resuelven aquellas cuestiones que puedan suscitarse durante el concurso

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Responsabilidad de los Administradores

Asesoramiento en la calificación del concurso  (culpable o fortuito) tanto en la solicitud como en la defensa de la responsabilidad de los administradores societarios

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Concursos de personas físicas

Nuestra especialización nos lleva a proporcionar servicios legales en procedimientos concursales de personas físicas, velando por el acceso a la segunda oportunidad de las mismas

Somos expertos en concursos de acreedores

Nuestro bufete está en Madrid pero atendemos casos de derecho concursal por toda España. 

Contacte con nosotros y cuéntenos su situación sin compromiso.

Abogados concursales en Madrid con el respaldo de grandes compañías

1. Consulta con un abogado experto en concurso de acreedores

En la primera consulta, telefónica o vía e-mail, te pondrás en contacto con un abogado mercantil que será el encargado de analizar tu situación concreta. Nuestra intención es comprender tu realidad y tus necesidades, así como realizar una valoración jurídica al respecto en aras a trazar la estrategia adecuada. Con este asesoramiento en materia de Derecho Concursal, te ayudaremos a tomar la decisión más apropiada para trazar la mejor línea de actuación.  

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Rapidez

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Cercanía

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Confianza

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2. Propuesta con estrategia de acción y presupuesto acorde

Nuestra propuesta lleva aparejada un exhaustivo estudio del supuesto por un equipo de abogados especialistas en Derecho Concursal, en aras a trazar la mejor estrategia posible en virtud de tus intereses.

Tras este profundo análisis, se propondrá una estrategia de acción y un presupuesto acorde a tu situación que se te hará llegar por vía telemática. Así, una vez aceptada la propuesta, el equipo de profesionales seleccionados por el abogado concursal encargado del caso, se pondrán a trabajar de forma inmediata en la consecución de los objetivos planteados.

Si lo estimas, se podrá coordinar una reunión presencial para aclarar cualquier punto de la estrategia o del presupuesto propuesto.

En caso de que exista una imposibilidad de concretar la reunión presencial, se podrá agendar una llamada telefónica o una videollamada con el abogado concursal encargado.

La misión de WHITE TOWERS LEGAL es que el cliente conozca al equipo de abogados especialistas en Derecho Concursal que le acompañará durante el procedimiento, así como todos los detalles del plan de actuación.

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Facilidad

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Transparencia

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Efectividad

3. Solución eficaz desde el trato cercano y transparente

Tras la aceptación de la propuesta, el abogado concursal encargado, junto con el equipo de abogados especialistas seleccionados, iniciará el plan de actuación de manera inmediata.

La forma de trabajar de los abogados de WHITE TOWERS LEGAL pasa por un asesoramiento cercano en relación al cliente gracias a un contacto personal, directo y totalmente transparente.

Nuestros abogados no tomarán una decisión sin consultarla antes. Su deber de información con el cliente es total para cada actuación.  

En WHITE TOWERS LEGAL trabajaremos desde el primer momento con la contundencia y resolución necesarias para conseguir los objetivos propuestos, pues contamos con un equipo multidisciplinar de abogados que velará con firmeza por los intereses de nuestros clientes.

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Acompañamiento

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Profesionalidad

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Eficacia

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¿Qué te ofrecemos desde nuestro bufete?

Un equipo multidisciplinar de abogadosEn WHITE TOWERS LEGAL contamos con un equipo de abogados especialistas en Derecho Concursal.

La confianza depositada en nuestra firma se traduce en un firme compromiso por parte de los profesionales que la integran de cara al cliente. La estrategia trazada por el abogado concursal encargado de cada caso, en defensa de los intereses de nuestros clientes, conlleva un seguimiento constante que se traduce en un deber de información inmediato para que, el cliente, pueda participar de manera directa en las decisiones de los abogados.

La experiencia de estos profesionales conecta una larga trayectoria en materia concursal con las tecnologías más actuales. Esta combinación se traduce en la implacabilidad que caracteriza a nuestra firma

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Estrategia única e individualizada

Cada caso es único. En WHITE TOWERS LEGAL tenemos claro que cada caso es único. Por ello, el abogado concursal encargado se ocupará de trazar una estrategia única e individualizada contando con un equipo de profesionales que atienda a los objetivos concretos.

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Compromiso y profesionalidad

Compromiso especial. Los profesionales de la firma ostentan un alto grado de compromiso con el cliente, pues esta es la única fórmula efectiva para conseguir los objetivos. Para ello,  apostamos por la especialización de los abogados concursales que integran WHITE TOWERS LEGAL de cara a poder afrontar cualquier escenario. 

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Seguimiento constante

Queremos tenerte informado de todo. El compromiso de la firma es con el cliente, por ello queremos que esté al tanto en todo momento de la situación en que se encuentre el caso. Consideramos que esta regla es primordial en una relación de confianza. Por ello, el cliente dispondrá de un contacto directo con el abogado.

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Participación directa

El protagonista eres tú. El abogado ha tendido a desvirtuar el protagonismo que debiera tener el cliente debido a su libertad de actuación. Nosotros queremos revertir este protagonismo a través de un seguimiento constante y una participación directa en el supuesto.

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Experiencia en casos similares

Una larga trayectoria. Esta trayectoria nos permite ofrecer una experiencia cualificada que nos ha posibilita hacer frente a innumerables situaciones. Esto es indispensable de cara a afrontar cualquier procedimiento concursal, ya que por analogía somos capaces de solventar las situaciones más adversas.

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Contundencia y resolución

Somos implacables y eficaces. Confiamos plenamente en nuestros clientes y somos implacables en la defensa de sus derechos e intereses. Nuestros abogados concursales planifican estrategias contudentes que resuelven sus situaciones. Por ello, nos enorgullece decir que somos eficaces y, sobre todo, resolutivos.

Abogados especialistas en derecho concursal en Madrid

+ Tecnología             

+ Experiencia

Nuestros abogados especialistas en Concursos de Acreedores entienden la realidad en que vivimos y, por suerte, contamos con un equipo moderno que cuenta con experiencia de los abogados concursales más veteranos, mezclada con la forma de trabajo de los más jóvenes.

Así, adaptamos nuestras herramientas y formas de trabajar para ser lo más tecnológicos y rápidos posibles, hablando el mismo idioma que el cliente desde el trabajo de siempre.

¡HABLAMOS TU IDIOMA!

Abogados Concursales

WHITE TOWERS

LEGAL 

Somos abogados especialistas en Derecho Concursal que comprenden la realidad individual de cada cliente. Ofrecemos la mejor estrategia procesal para su situación, desde la experiencia del abogado concursal más veterano, bajo la forma de trabajar de los más jóvenes. Entendemos la realidad en la que vivimos, lo que nos lleva a actuar actuar con un gran dinamismo, sin perder la implacabilidad de la que hacemos gala

Consideramos que el Derecho se encuentra en constante cambio y nuestro compromiso pasa por  formar parte de su evolución. Gracias a la experiencia de nuestra Firma, nos encontramos en la tesitura de poder afrontar los diferentes problemas desde una perspectiva dinámica pero contundente. Por ello, estamos orgullos de decir que conseguimos lo que nos proponemos

“Conseguimos lo que nos propongas” 

FAQ´s

Preguntas frecuentes sobre el concruso de acreedores y nuestros servicios

¿Cuál es el presupuesto medio por caso?

Por desgracia, no podemos concretar un rango hasta no conocer el caso concreto. Pero nos enorgullece decir que adaptamos estos presupuestos a la realidad de cada cliente.

Tras realizar un análisis del supuesto, y en la mayor brevedad posible, nuestros abogados de Madrid se pondrán en en contacto contigo para explicarte detenidamente las posibles líneas de actuación, nuestra propuesta de honorarios y el calendario de pagos propuesto. Seguro que te sorprenderá.

¿Cuándo debo declararme en concurso de acreedores?

Los administradores de una mercantil en situación de insolvencia están obligados a declarar el concurso de acreedores siempre y cuando en encuentren en una situación de insolvencia actual o inminente.

Si no lo hace, puede tener responsabilidad personal. La Ley exige que el concurso deberá declararse en el momento en el que sea imposible «cumplir con las obligaciones regularmente». Esto quiere decir que:

     – No se puedan pagar las deudas íntegramente o de forma reiterada;

     – Que no se pueda cumplir con las mismas sin recurrir a un endeudamiento sistemático, pues se genera una apariencia de solvencia que puede llevar a una situación peor.

Una vez suceda esto, el empresario tendrá dos meses para declarar el concurso o negociar una refinanciación.

Si tienes dudas, consúltanos sin compromiso.

¿A qué os referís con participación directa en mi caso?

Consideramos que el protagonista es el propio cliente, por lo que nuestro servicio pasa porque sepa en todo momento cuál es el estado del caso. En esta estrategia, el abogado encargado del caso hará revisiones continuas junto al cliente. En tales revisiones se explicará la situación en que se encuentra el procedimiento, las posibles líneas de actuación, y se ofrecerá una participación directa en las decisiones del mismo bajo nuestra mejor recomendación.

¿Se puede unificar una abogacía moderna con la experiencia en el sector?

Sí, se puede. Somos claros al respecto. Nuestra Firma ha logrado aunar la forma de actual de trabajar, la tecnología imperante en nuestra sociedad, el idioma tecnológico y la experiencia de nuestros abogados, cuyas trayectorias son impecables, para ofrecer un asesoramiento versátil, completo y transversal.

¿Qué es un concurso de acreedores?

En ocasiones no se trata de un problema, sino de una solución a un estado de insolvencia para no desembocar en problemas mayores y se trata de un mecanismo de pago de deudas hasta donde el deudor pueda. 

Este mecanismo puede buscar solucionar los problemas de insolvencia finalizando el negocio o procurar una negociación con los acreedores para continuar con el mismo. 

La intención de este procedimiento es la de solucionar los problemas de insolvencia y garantizar a los acreedores que reciban una parte de su crédito en igualdad de condiciones. No obstante, existen ciertas deudas que tienen una consideración especial o prioridad de cobro respecto a otras.

¿Quién puede declararse en concurso de acreedores?

Tanto empresas como particulares, ya sea a petición propia como a petición de un acreedor.

¿Y si no tengo una empresa pero sí que tengo deudas? Ley de 2ª oportunidad.

El procedimiento concursal no sólo está pensado para empresas y empresarios, también existe un procedimiento dirigido a personas físicas de cara a acabar con sus deudas de tal forma que les permita empezar de nuevo gracias a la ley de segunda oportunidad.

¿Cómo me declaro en concurso de acreedores?

El concurso se puede declarar por el propio deudor (concurso voluntario) o por un acreedor (concurso necesario).

Para presentar un concurso voluntario existe un plazo de dos meses desde que el deudor conoce la situación de insolvencia.

El concurso necesario lo presentará un acreedor cuando haya intentado cobrar un crédito infructuosamente. También podrán solicitarlo los socios de la propia compañía.

Para declarar el concurso se habrá de acompañar:

  1. Una memoria económica;
  2. Un inventario de bienes y derechos;
  3. Una lista de acreedores.

Con estos documentos se declarará la procedencia del concurso y se determinará la masa activa y pasiva del mismo.

¿Cuánto dura un concurso de acreedores?

La duración de un concurso de acreedores depende de las condiciones del mismo, por lo que es muy variable.

Puede tardar unos meses si se llega a la aceptación de un convenio anticipado para lo que habría que esperar al cumplimiento de los plazos pactados o bastante más tiempo.

No obstante, se inicia con el auto de admisión y concluye:

  1. Por revocación del mismo;
  2. Por cumplimiento del convenio o no por la inexistencia de patrimonio (si aparecen bienes en los siguientes 5 años desde la conclusión se podrá abrir de nuevo);
  3. Por renuncia de los acreedores a sus derechos
¿Cuáles son las fases de un concurso de acreedores?

El concurso de acreedores se divide en diferentes fases pero no tienen porqué darse todas:

1. Primera fase (actos previos)Solicitud de concurso, remisión de la información pertinente y los primeros pasos (autos de apertura o admisión a trámite que abren la fase común, solicitud de medidas cautelares, etc.).

2. Segunda fase (fase común)Se dicta la declaración del concurso y genera una serie de obligaciones:

– Deudor: tendrá la obligación de colaborar y limita sus facultades patrimoniales que quedarán vigiladas por la administración concursal. Si el concurso es necesario, la administración concursal directamente sustituirá al deudor. 

– Acreedores: quedarán limitadas sus capacidades para reclamar la deuda, quedando paralizadas las ejecuciones o presentación de nuevas demandas.

– Administración concursal: velará por la correcta administración del concurso. Preparará en el plazo de dos meses un informe sobre el estado económico de la empresa, un inventario sobre los bienes de la misma y la lista de acreedores. Asimismo, determinará la masa activa y pasiva del concurso, es decir, los derechos de cobro y el patrimonio para hacer frente al mismo, determinando así la fase común es determinar el alcance del concurso.

El motivo de lo anterior es tratar de preservar el patrimonio del deudor para que se pueda aplicar al convenio o a la liquidación. Esta fase se cerrará con la elaboración de un informe por parte de la administración concursal.

3. Tercera fase (fase de resolución)La resolución del convenio puede producirse por:

  • Convenio (anticipado o no). Se busca llegar a un acuerdo con los acreedores para realizar el pago mediante quitas y esperas. Para ello, será necesaria la aprobación judicial y una garantía su cumplimiento mediante un seguimiento judicial. Si no se cumple con el pago se decretará la culpabilidad del concurso y liquidación el patrimonio del concursado.
  • Liquidación (pero solución): Se liquidará el patrimonio del concursado para satisfacer los créditos. Procederá en los casos de inviabilidad del proyecto.

4. Cuarta fase (calificación del concurso)El concurso puede ser calificado como fortuito o culpable, con la responsabilidad que ello conlleva. Esto será en dependencia de las circunstancias en que se haya declarado y evolucionado el concurso de acreedores.

¿Quién cobra primero en un concurso de acreedores?

La Ley Concursal establece un orden de cobro de los créditos en dependencia de la deuda y el acreedor.

De esta forma, los créditos se cobrarán por niveles y sólo cuando se haya cobrado todo el nivel se pasará al siguiente. Si no se puede cumplir con todo un nivel, se prorrateará la cuantía que reste.

El orden de pago de los créditos concursales sería:

1. Créditos contra la masa – Necesarios para la continuación de la actividad y para la tramitación del concurso.

2. Créditos privilegiados – Créditos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, laborales y garantizados.

3. Créditos subordinados – Créditos restantes que solo se abonan cuando se han satisfecho las anteriores categorías.

¿Cuáles son los efectos de un concurso declarado como culpable?

Esto ocurrirá cuando se haya incurrido dolo o culpabilidad que haya producido un agravamiento de la insolvencia.

Esto resultará en que:

  1. Perderán sus derechos de cobro;
  2. Podrán ser objeto de responsabilidad civil e incluso de responsabilidad penal;
  3. Pueden ser inhabilitados para la administración o representación de bienes y personas;
  4. Deberán restituir los bienes y derechos obtenidos indebidamente;
  5. Podrán ser condenados a contribuir al pago de los créditos del concursado.
¿Puedo llegar a un acuerdo con mi acreedor antes de que se declare el concurso?

Sí, siempre que se abone el crédito con carácter previo a la declaración del concurso evitará que el juez lo declare.

    ¿Cuál será el juzgado competente en el procedimiento concursal?

    La jurisdicción corresponderá al juzgado de lo mercantil correspondiente a la ciudad en la que radiquen los intereses principales del deudor. 

    Somos abogados expertos en concursos de acreedores

    Nuestro bufete está en Madrid pero atendemos casos de derecho concursal por toda España. 

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